Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género entiende por VIOLENCIA DE GÉNERO aquella que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo y que se extiende como forma de violencia vicaria sobre sus hijas e hijos.
La violencia de género comprende cualquier acto de violencia basada en el género que implique o pueda implicar para las mujeres perjuicios o sufrimientos de naturaleza física, psicológica, sexual o económica. Comprende, asimismo, las amenazas de realizar dichos actos, la coerción o las privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada.
Los actos de violencia de género podrán responder a cualquiera de la siguiente tipología:
Para dar respuesta a la manifestación extrema de desigualdad que es la Violencia de Género, el Instituto Andaluz de la Mujer ha desarrollado diversos programas y servicios especializados en la atención a las víctimas de violencia de género que ofrecen asesoramiento y atención a las víctimas y sus familiares.
Para recibir Información y asesoramiento puedes acudir al Centro Municipal de Información a la Mujer de tu localidad.
DENUNCIA. La denuncia se puede presentar en las Dependencias Policiales o en el Juzgado. Explica claramente lo ocurrido y si ha habido antes episodios violentos, señala también si el agresor dispone de armas, para que procedan a retirarlas. Si tú o tus hijas e hijos precisáis atención médica, acude al Centro de Salud y cuenta los hechos tal y como se han producido. El personal sanitario valorará tu estado físico y emocional. Tienes derecho a solicitar que defienda tus intereses un/a abogado/a del Turno de Oficio Específico de Violencia de Género.
ORDEN DE PROTECCIÓN: Si existe riesgo para tu integridad física o psicológica, o la de tus hijas e hijos menores, puedes solicitar en el Juzgado la adopción de una Orden de Protección.
La Orden de Protección te proporciona una PROTECCIÓN INTEGRAL:
ACOGIMIENTO INMEDIATO: Si has de dejar el domicilio familiar porque temes por tu integridad física o psicológica o por tu propia vida, el Instituto Andaluz de la Mujer garantiza la atención y acogida inmediata y urgente, ofreciendo protección y seguridad a aquellas mujeres que se encuentren en una situación de emergencia como consecuencia de la violencia de género.
Existen dos vías para acceder al acogimiento inmediato:
El Teléfono de Información a la Mujer: 900 200 999.
Los Centros Provinciales y Muncipales de Información a la Mujer.
En la red de Centros de Acogida que existe en Andalucía se ofrece información, asesoramiento y atención integral a través de un equipo profesional multidisciplinar.
Pinche el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/files/catalogo/IAM_Catalogo%20Recursos.8.pdf